1 - De acuerdo con el artículo 28 del Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que aprueban el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre, los Ayuntamientos comunicarán a las correspondientes Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y a las Subdelegaciones del Gobierno en la provincia afectada, los establecimientos que se hayan acogido a un régimen especial de horarios en el plazo de:
a) Cinco días hábiles contados desde la fecha de la presentación de la declaración responsable.
b) Cinco días naturales contados desde la fecha de la presentación de la declaración responsable.
c) Siete días hábiles contados desde la fecha de la presentación de la declaración responsable.
d) Siete días naturales contados desde la fecha de la presentación de la declaración responsable.
2 - De acuerdo con el Decreto 155/2018 por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre, ¿cuál de las siguientes causas determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad afectada?
a) La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable.
b) La no presentación de la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en la declaración responsable.
c) La no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable.
d) Todas son correctas.
3 - De acuerdo con el artículo 4 del Decreto 155/2018, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía, los espectáculos de temporada serán aquellos que se celebren en establecimientos públicos fijos sometidos a declaración responsable de apertura ante el Ayuntamiento o en establecimientos eventuales sometidos a autorización de instalación municipal durante períodos de tiempo superiores a seis meses e inferiores a:
a) Tres años.
b) Dos años.
c) Cinco años.
d) Un año.