1 - Según lo previsto en el artículo 92 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa e indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales, corresponde:
a) A todo el personal al servicio de las entidades locales.
b) Exclusivamente a los funcionarios de carrera al servicio de la Administración Local.
c) A los funcionarios de carrera y al personal laboral fijo.
d) A los funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral fijo y personal eventual.