1 - Según la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, corresponde al titular de la Consejería competente en materia de protección civil:
a) Presidir la Comisión de Protección Civil de Andalucía.
b) Coordinación, en situaciones de emergencia, de los medios y recursos de la Administración de la Junta de Andalucía, y de éstos con los dependientes de otras Administraciones Públicas y entidades públicas o privadas
c) Fijar las directrices esenciales en materia de prevención, intervención y rehabilitación