1 - La Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía estará compuesta por el siguiente número de vocales:
a) Cuatro representantes de la Administración de la Junta de Andalucía, seis representantes de la administración municipal, tres representantes de las organizaciones sindicales, un representante de las jefaturas y mandos de las policías locales, y tres personas propuestas por las organizaciones sindicales que hayan obtenido más representación.
b) Cinco representantes de la Administración de la Junta de Andalucía, siete representantes de la administración municipal, tres representantes de las organizaciones sindicales, un representante de las jefaturas y mandos de las policías locales, y tres personas propuestas por las organizaciones sindicales que hayan obtenido más representación.
c) Dos representantes de la Administración de la Junta de Andalucía, cuatro representantes de la administración municipal, tres representantes de las organizaciones sindicales, un representante de las jefaturas y mandos de las policías locales, y tres personas propuestas por las organizaciones sindicales que hayan obtenido más representación.