1 - ¿Cómo son los semáforos reservados a determinados vehículos que se nombran en el artículo 148 del RGC aprobado por Real Decreto 1428/2003?:
a) Una flecha verde que se ilumina sobre un fondo circular negro.
b) Una luz amarilla intermitente o dos luces amarillas alternativamente intermitentes.
c) Una franja blanca.
2 - De acuerdo con el Reglamento General de Circulación no podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos destinados a servicios de urgencia o transportes especiales, con una tasa de alcohol en sangre superior a:
a) 0,30 gramos por litro.
b) 0,50 gramos por litro.
c) 0,25 gramos por litro.
3 - ¿Qué significa según el artículo 149.5 del Real Decreto 1428/2003, la señal de advertencia de peligro con la nomenclatura P-7?:
a) Semáforos.
b) Paso a nivel con barreras.
c) Intersección con prioridad.
4 - El artículo 33 del Real Decreto 1428/2003 establece ciertas condiciones a la utilización de los carriles en calzadas con más de un carril reservado para el mismo sentido de marcha, no estando literalmente entre estas condiciones:
a) Cuando se circule por calzadas de poblados.
b) Si se trata de carriles delimitados por marcas longitudinales, incluso si se trata de autopistas o autovías.
c) Se podrá utilizar el carril que mejor convenga a su destino, siempre que no sea un obstáculo a la circulación de los demás vehículos.
5 - Teniendo en cuenta el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Artículo 117. Cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados. (Modificado por RD 667/2015) ¿Qué pasajeros de los vehículos de menos de hasta nueve plazas deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, cuando vayan situados en los asientos traseros del vehículo?:
a) Los menores de doce años.
b) Los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros.
c) Las personas de estatura igual o inferior a 135 centímetros.
6 - De acuerdo con el Reglamento General de Circulación no podrán circular por las vías, los conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, con una tasa de alcohol superior a:
a) 0,30 miligramos por litro en aire espirado.
b) 0,25 miligramos por litro en aire espirado.
c) 0,15 miligramos por litro en aire espirado.
7 - De acuerdo con el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, se prohíbe circular marcha atrás, salvo:
a) En los casos en que no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha.
b) En todas las maniobras complementarias.
c) Como maniobra complementaria de la parada o el estacionamiento, siempre que su recorrido no supere los 25 metros.